lunes, 19 de noviembre de 2007

Radicado proyecto de ley


Bogotá, noviembre 19 (Redacción). La Senadora Gloria Inés Ramírez presentó ante la Secretaría del Senado de la República el Proyecto de Ley que fue radicado con el No. 180, “Por el cual se garantizan los Derechos Laborales y Sociales de las Madres Comunitarias de Colombia”.
Con el citado proyecto de ley se busca establecer el carácter de trabajadoras de las madres comunitarias, con plenos derechos laborales y sociales, que permitan la superación del “estado de cosas inconstitucional” a que se han visto sometidas, lo que implica:
• El cambio en la conceptualización de la labor que desempeñan las 78.502 madres comunitarias; • La categoría de servicio público de los Hogares Comunitarios y Hogares FAMI; • Las precisas obligaciones del ICBF como parte contratante del servicio público de Hogares Comunitarios y Hogares FAMI; • La definición del vínculo laboral de las madres comunitarias, sujeto a la Constitución, a la Ley y a los tratados y convenios internacionales de la OIT; • La aplicación del principio de “la condición más beneficiosa” y del principio de “favorabilidad” , tanto para los efectos salariales, prestacionales y legales a que haya lugar en el marco de la relación laboral existente; • El reconocimiento del derecho a la información, la capacitación o actualización ocupacional y la formación profesional, para el buen desempeño en el servicio; • El establecimiento de un instrumento de vigilancia superior para la garantía de los derechos laborales y sociales de las madres comunitarias y, • El derecho de participación en la adopción del Programa de Vivienda de Interés Social a que deseen afiliarse.
Igualmente este Proyecto de Ley se coloca a tono, con el contenido y alcance de la Sentencia C-911 de octubre 31 de 2007, Magistrado Ponente, Dr. Jaime Araujo Rentería, según la cual el Alto Tribunal, declaró infundadas las objeciones por “inconstitucionalidad”, que formulara por el Gobierno Nacional, al Artículo 4º del Proyecto de Ley No. 110/06 – Senado y 254/05 – Cámara, “Por el cual se adiciona un parágrafo 2 al articulo 2º de la Ley 1023 de 2006 y se dictan otras disposiciones”, que el Legislador, en aplicación de su facultad de configuración legislativa, “había decretado el incremento al 70% del salario mínimo legal, mensual vigente a la bonificación” con la cual se retribuye el trabajo que realizan las madres comunitarias y, en consecuencia, declara exequible el artículo 4º del proyecto de ley revisado, que obliga al Presidente de la República a su sanción inmediata (Art. 167 C.P.).
No obstante, la Senadora Ramírez, como caracterizada defensora de los derechos humanos de las mujeres en el país, ha manifestado que su trámite seguramente encontrará innumerables tropiezos hasta lograr su aprobación, la que solamente será posible con la movilización y respaldo de las madres comunitarias, las organizaciones de padres y madres beneficiarios del servicio y, en general del Movimiento Social de Mujeres que lucha por la Equidad de Género en el mundo del trabajo.

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